DICTAMENES DE PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA SECRETARÍA GENERAL
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DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA RESOLUTIVOS SEGUIMIENTO
1   De la Tercera Comisión, por el que solicita al Ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, un informe sobre la reglamentación y la normatividad vigentes en dicho ayuntamiento en materia de construcción, instalación, funcionamiento y reubicación de las estaciones terrenas de telefonía celular.


Aprobado: Por Dictamen

- Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas

Fecha de dictamen:
25-Julio-2012


Publicación en Gaceta:
25-Julio-2012
PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al H. Ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, remita a esta Soberanía, en un plazo que no exceda de 10 días naturales, un informe sobre la reglamentación y la normatividad vigentes en dicho ayuntamiento, en materia de construcción, instalación, funcionamiento y reubicación de las estaciones terrenas de telefonía celular, así como del número, ubicación, propietario y permiso emitido por el aludido Ayuntamiento, respecto de las antenas de base de telefonía celular, ubicados en La Paz.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al H. Ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, remita a esta Soberanía, en un plazo que no exceda de 10 días naturales, un informe sobre las acciones que se hayan emprendido para atender el problema que enfrentan desde el año 2001, los habitantes de la Colonia 3 de Mayo, de la Ciudad de La Paz, debido a la instalación de una antena de telefonía celular.

TERCERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, así como de Salud, remita a esta Soberanía, en un plazo que no exceda de 10 días naturales, un informe sobre las normas y medidas precautorias, en relación con las radiaciones no ionizantes, así como su efecto en la salud de la población, a fin de garantizar la salvaguarda de la salud pública dentro de las zonas donde se instale o se tenga previsto instalar antenas de base de telefonía celular o todo aquel equipo que produzca radiofrecuencias y campos electromagnéticos.

CUARTO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, remita a esta Soberanía, en un plazo que no exceda de 10 días naturales, un informe sobre los títulos de concesión de aquellas empresas que han instalado antenas de telefonía celular y las acciones que ha llevado a cabo en contra de aquellas empresas que han instalado dichas antenas, sin los permisos estatales y municipales respectivos.
1. Proposición presentada por el Sen. Francisco Javier Obregón Espinoza (PT), el 20 de junio de 2012.

2. Aprobado en votación económica en Comisión Permanente el 25 de julio de 2012.

3. Comuníquese.